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TAI
CORREO
QUINCENAL
Buenos
Aires, 31 de enero de 2009
Presidente
Ejecutivo:
Ing. Horacio Speroni. <hsperoni@fbertel.com.ar>
Presidente
Com. Sitio Web: Ing. Jorge
Algañarz. <www.tai.org.ar>
Corresponsales:
Ing. Jorge
Donaye U., Lima, Perú, <donayre.jorge@gmail.com>
Dr. Fernando
Macondes, San Pablo, Brasil. <fernando@mrrlaw.adv.br>
Dr.
Guillermo Pereyra, Salta, NOA, Argentina. <guillermopereyra_salta@hotmail.com>
Estimado
Lector:
Ponemos en
circulación este Correo Quincenal para todos los interesados
en el arbitraje y otros métodos alternativos de resolución
de conflictos, especialmente para aquellos que se desenvuelven en
el ámbito de las ingenierías.
En este
número se le cursa nuevamente a los suscriptores únicamente por el
sistema de correo electrónico, que sabemos que tiene algunos inconvenientes,
pero muchas más ventajas comparativas.
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Para una lectura adecuada este correo preferente hágalo desde
Programa Outlook Express, (vaya a formato, luego a texto enriquecido),
que le permitirá su archivo correspondiente mediante el Programa Explorador de
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cualquier inconveniente avísenos y se lo enviaremos en formato
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Recuerde
que puede consultar los números anteriores en la pagina www.tai.org.ar.
Saludamos
muy atentamente.
HORACIO
ZAPIOLA PEREZ
Editor - Director
Si Vd. desea no recibir más el
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distribución, rogamos enviar las direcciones de correo a: DIGÓN
Claudia (CAI) (claudia@cai.org.ar) que amablemente colabora con
nosotros.
Este es un
e-mail directo, legal, libre de virus y que consideramos de su interés, debido a
que Ud. tiene relación o se ha contactado alguna vez con este Tribunal
Arbitral.
De acuerdo con la nueva Ley Argentina Nº 26.032, cuyo texto se
encuentra en:
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/105000-109999/107145/norma.htm ,
La libre
distribución este e-mail está autorizada por tratarse de propósitos de
información.
ÍNDICE
i.) Editorial:
“Por Principio Moral y Conducta Etica”. Por
Horacio Zapiola Pérez
ii.) Jornadas
Internacionales Participativas A Modo De Competencia “Tribunales De Arbitraje De
iii.) Doctrina: “Análisis de
iv.) Varios: “Juro por Apolo Médico, por ASCLEPIO, HIGIEA Y
PANACEA...
I.-
EDITORIAL[i][a]:
“POR PRINCIPIO MORAL Y CONDUCTA ETICA”
Por Horacio Zapiola Pérez
La
experiencia adquirida como árbitro o consejero de parte, me indica que el
desarrollo futuro de un caso arbitral estará determinado por el compromiso y
probidad profesional que ponga el árbitro en el ejercicio de
cargo.
Aprendí
por tanto, principalmente de Sergio Le Pera[ii][b],
que los reglamentos de arbitraje, deben disponer conductas rígidas e imponer
serias sanciones a quiénes se aparten del camino normado.
Es
así que en el Reglamento del TAI, se ha incorporado un capítulo en donde se
desarrolla la conducta a seguir por los árbitros nominados, en especial en lo
referente a su imparcialidad,
independencia, idoneidad profesional y comportamiento mientras dure el
arbitraje. (ver principalmente los arts. 13 y 18[iii][c]
del Reg. del TAI)
Y
como se puede observar de la lectura de los artículos citados, y recordando a
Plutarco en “Vidas Paralelas”, tomo V, en aquello de la “mujer del Cesar”[iv][d],
los árbitros no solo deben ser honestos, sino parecerlo, pues las partes carecen
del poder de clarividencia que les permita conocer su pensamiento y
voluntad.
Por
ello que al aceptar la nominación que se formula para el desempeño de árbitro,
es imperativo que el árbitro haga conocer su independencia sin reservas con
respecto a las partes o cualquier circunstancia que pudiera dar lugar a dudas
respecto a su imparcialidad o independencia.
Todavía
–a pesar del tiempo transcurrido- perdura el sabor amargo y la duda que me
produjo la conducta de un árbitro que, además presidía el Tribunal, siendo el
suscripto el Consejero Legal de una empresa que había sido demandado ante un
Tribunal de Arbitraje de esta Capital.
Mi
obligación como Consejero, (la empresa tenía su Departamento Legal), era
realizar la supervisación de los escritos preparados por su equipo legal que me
remitían y acompañarlos a las audiencias que se fijaran.
Es
así que, una vez contestada la demanda, se me avisa que el Tribunal ha fijado
una audiencia y al concurrir tomo conocimiento que el Presidente del Tribunal
Arbitral se excusaba de seguir interviniendo en razón del conocimiento con la
parte actora, por lo que se procedió a designar un árbitro que lo
reemplazara.
Al
volver a mi oficina, imaginen cual sería mi sorpresa y mi conducta posterior, al
comprobar que el referido árbitro Presidente, figuraba en las Guías de Abogados,
como Asesor del Estudio Jurídico que actuaba como apoderado de la parte actora,
precisamente en materia de … arbitraje.
Por
lo expuesto y por un principio moral y una ética profesional que me condiciona,
corresponde que me aparte de cualquier función ejecutiva en el desarrollo del
ejercicio, circunstancia que pedí se registrara en el Acta de aprobación de las
Jornadas por parte del Directorio del TAI y que surge con claridad del art. 40 y
concordantes del Reglamento Especial de las Jornadas[v][e].
Vale
recordar que este Director, no solo fue el Promotor del Ejercicio, sino que fue
su organizador, él que estableciera las primeras normas y quién invitara a las
instituciones a participar con sus equipos y el que conformo las comisiones
respectivas.
En
consecuencia teniendo en cuenta la labor que he desarrollado hasta el traspaso
del ejercicio al TAI, es que como forma de resguardar la imparcialidad de las
Jornadas, me autoexcluí de realizar cualquier tarea en las Jornadas, que no sea
de Consultoría General, siendo mi dictamen no
vinculante.
En
el art. 40 del Reglamento de las Jornadas dice, “que le queda vedado al referido
Horacio Zapiola Pérez, realizar a partir del lanzamiento oficial, cualquier
tarea ejecutiva en los Comités o de asesoramiento de los Equipos participantes,
limitándose exclusivamente a tareas de Consultoría General, cuando así se lo
requiera y adelantando que el dictamen que emita no será vinculante, para quién
lo solicita. Carecerá asimismo del derecho de veto de las resoluciones tomadas
por los órganos ejecutores.
Daniel
Baremboin[vi][f],
refiriéndose a su maestro Wilhelm Furtwängler[vii][g]
dice: “Son muchos los músicos que hacen música igual que viven. Furtwängler
trato de vivir igual que hizo música. No es precisamente cómodo. Hay que querer
y poder hacerlo”[viii][h].
Cierro
este editorial, parafraseando la cita anterior y es mi deseo que todos los que
participamos de las Jornadas, podamos intentar vivir, igual que como hacemos el
ejercicio de arbitraje.
Hasta
el número próximo.
Horacio
Zapiola Pérez
Editor
– Director
II.
JORNADAS INTERNACIONALES PARTICIPATIVAS A MODO DE COMPETENCIA “PRESENCIAS Y
AMPLIACIONES”.
Conforme lo exprso en el Editorial que precede, me he marginado
expresamente del ejercicio y -salvo las tareas de consultoría- carezco de
funciones ejecutivas de cualquier índole.
En
el ejercicio entre integrantes de los Comités y los equipos participan más de
100 personas representativas de 4 países (Brasil, Perú, Uruguay y
Argentina).
A
partir de del pasado 20 de diciembre de 2008, todas las comunicaciones de los
Presidentes de los Comités, deberán ser cursadas al Presidente del Comité de
Control y Coordinación, Ingeniero Horacio Speroni, con las copias conforme se
indica en el Reglamento de las Jornadas.
Las
altas y bajas de los integrantes de los Comités y de los Equipos, serán
comunicadas al Comité de Control y Coordinación y las mismas se pueden producir
hasta el momento en que por razones organizativas se considere cerrar los
listados respectivos.
Idéntico
procedimiento se aplicará a las altas y bajas de los Relatores y/o Secretarios,
de los Presidentes y Vicepresidentes de los Comités, como lo que respecta a los
Asesores de los equipos intervinientes.
Si
bien a la fecha, no han designado sus Relatores y/o Secretarios, los siguientes
Presidentes y/o Vicepresidentes: (*) del COMITE
DE CONTROL Y COORDINACION – UNIDAD EJECUTORA: el Ing. Fernando Amoedo, el Dr.
Julio Cesar Crivelli, y el Arq. Roberto Tarzi; (*)
del
COMITÉ ACADEMICO: el Ing. Fernando Sastre; (*)
del
COMITÉ DE EVALUACION: los Dres. Fernando Macondes, José Luis Laquidara y Cecilia
Fresnedo;
(*)
del COMITÉ
DE REGLAMENTO: los Dres. Guillermo Argerich, Fernando Schweitzer y
Juan Ignacio Aicega; (*)
del
COMITE DIGITAL: el Dr. Alejandro Ponieman, y los Ings. Horacio Afonzo y
Hermenegildo Gonzalo y del (*)
COMITE
DE PRENSA Y RELACIONAMIENTO: el Ing. Roberto de Abelleyra, pero podrán hacerlo
en cualquier momento del ejercicio, que lo entiendan necesario.
Sería
beneficioso por como enriquecería el desarrollo de las Competencias,
teniendo en cuenta como se encuentra previsto que sesionaran los Comités (sin
desplazamiento físico); que los Dres. Fernando Macondes de Brasil, Cecilia
Fresnedo de Uruguay, como también los asesores de los equipos: de
En
este mes de enero de 2009, el Vicepresidente del Comité Académico Dr. Eduardo
Zapata, ha comunicado que ha designado como Relator al Ingeniero y Abogado Dr.
Felipe Rodríguez. Asimismo el Ingeniero Uribe de Argentina ha hecho conocer
su deseo de incorporarse al ejercicio.
Dos
(2) de los equipos han designado asesor:
Es
muy importante que el COMITÉ DIGITAL,
(Presidente:
Ing. Jorge Algañaras, Relator de Presidencia: Analista Sistemas Rubén
Biscardi, Vicepresidente 1ro: Alejandro Ponieman, Vicepresidente 2do: Ing.
Horacio Afonzo, Vicepresidente 3ro., Ing. Hermenegildo Gonzalo, Vocal: Ing.
Nestor Auciello, Secretario General: Ing. Jorge Buffa), teniendo
en cuenta el lanzamiento del ejercicio y la necesidad de los Comités,
rápidamente tome
contacto con
Las
Jornadas representan una oportunidad única para ver la factibilidad de utilizar
las nuevas tecnologías de comunicación, para llevar a cabo sesiones a distancia
en tiempo real de los comités, y luego de administración del caso arbitral.
Creo
muy oportuno poder contar con todos los servicios digitales que requiere llevar
a cabo el proceso de arbitraje, en especial para preparar a los árbitros en el
uso de la tecnología, verificar la fiabilidad del soporte técnico, como
establecer que otras gestiones adicionales se necesitan disponer para el
funcionamiento del sistema digital.
III.-
DOCTRINA: PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DEL ARBITRAJE EN EL MERCOSUR Y DE
Por
///viene
del número 20
10.- EL SUSTENTO JURIDICO DE
Concretamente, en esta oportunidad acompañamos la propuesta de
·
Un
Comité
Especial del MERCOSUR y países Asociados,
que tal como lo prevé los arts. 09, 04 y 14 de los Estatutos aprobados en
Miami:
·
ARTÍCULO 9.- FUNCIONES El Consejo tendrá las siguientes
funciones: (1) Señalar las
políticas de
·
El
actual ARTÍCULO 04.- FACULTADES Y DEBERES del Estatuto aprobado en 2005,
indica:
Para
el debido cumplimiento de sus objetivos,
·
En concordancia con el referido art. 4, el ARTÍCULO 14.- FUNCIONES El Comité Ejecutivo tendrá las
funciones que conforme este Estatuto le corresponde y las que le delegue o
asigne El Consejo. Sin perjuicio de
las funciones que se le asignan en este Estatuto o aquellas que le señale el
Consejo, corresponde al Comité Ejecutivo: (1) Aprobar el organigrama y el manual
general de funciones de
B)
Un Secretario
del MERCOSUR y países Asociados, y un Secretario Alterno, dado que el art. 16.inciso 3, de los
Estatutos que contempla “Los Funcionarios de
Proponemos que
A) El Comité Especial del MERCOSUR y países Asociados:
1. Se crea por un período de seis años, periodo suficiente para el
asentamiento del sistema arbitral de CIAC en el MERCOSUR.
2. Estará integrado por el delegado principal o su respectivo suplente, de
cada una de las Secciones Nacionales de los países del MERCOSUR y Estados
Asociados.
3. Se reunirá como mínimo dos veces por año, debiendo el Secretario del
MERCOSUR y Países Asociados, prever
un cronograma de reuniones al comienzo del año, evitando programar dos seguidas en el mismo país, salvo
consentimiento expreso de los miembros o causales que así lo justifiquen.
4. En su primera reunión, de entre sus miembros, se elegirá un Secretario
del MERCOSUR y países Asociados y un Secretario alterno, ambos del mismo país.
Serán elegidos por mayoría absoluta de votos de las Secciones Nacionales
presentes de los países del MERCOSUR y Estados Asociados. A estos efectos, si no
se encontraran presentes ni el delegado principal, ni el suplente de una Sección
Nacional, podrán apoderar a otra
Sección Nacional presente.
5. Actuará exclusivamente como órgano de consulta, del Secretario del
MERCOSUR y Países Asociados, con relación a los procedimientos arbitrales que se
tramiten entre personas físicas domiciliadas o con residencia habitual o
personas jurídicas con establecimiento, en los Estados Miembros del MERCOSUR y
Estados Asociados.
B) El Secretario del MERCOSUR y países Asociados y el Secretario
alterno.
(a) Serán elegidos por el Comité
Especial del MERCOSUR y Países Asociados, por mayoría absoluta de votos de las
Secciones Nacionales presentes de los países del MERCOSUR y Estados Asociados. A
estos efectos, si no se encontraran presentes ni el delegado principal, ni el
suplente de una Sección Nacional, podrán apoderar a otra Sección Nacional presente.
(b) Durarán un año en sus
funciones y podrán ser reelegidos por una única vez, con la finalidad de que el
cargo vaya rotando entre los distintos países de la región.
(c)
(d) A los fines de su instalación y organización, se prevé sugerir que, en
una primera oportunidad,
(e) Actuará exclusivamente con relación a los procedimientos arbitrales que
se tramiten entre personas físicas domiciliadas o con residencia habitual o
personas jurídicas con establecimiento,
en los Estados Miembros del MERCOSUR y
Estados Asociados.
(f) El Secretario del MERCOSUR y
países Asociados tendrá las
siguientes funciones, las que en caso de ausencia o impedimento serán ejercidas
por el Secretario alterno:
1) Recibir las notificaciones
por las que se recurra al arbitraje, directamente, por conducto de
2) Conferir los traslados que corresponda hasta la constitución del
Tribunal.
3) Recibir la contestación de la demanda arbitral, en los casos en que el
Tribunal no se encuentre todavía
constituido (arts. 3 y 15).
4) Mantener copia actualizada de
las listas de árbitros que obran en poder de
5) Si las partes así lo solicitan, designar los árbitros, conciliadores o
amigables componedores, que corresponda efectuar a CIAC, elegidos de las listas
obrantes en poder de
6) Integrar en forma necesaria el comité nominador de árbitros de CIAC,
conjuntamente con las autoridades previstas en el art. 2. del Procedimiento
Administrativo, en los procedimientos arbitrales en que intervenga, cuando las
partes no hayan solicitado que la nominación sea efectuada por el Secretario del
MERCOSUR y Países Asociados.
7) Requerir al comité de
designación de árbitros de CIAC, la nominación de los que se requieran en los
procedimientos en que intervenga, cuando las partes no hayan solicitado que la
nominación sea efectuada por el Secretario del MERCOSUR y Países
Asociados.
8) Comunicar a
9) Prestar el apoyo necesario a
10) Requerir, cuando lo estime conveniente, copia íntegra de lo actuado por
los Tribunales Arbitrales,
conformados con su intervención.
11) Gestionar su participación como miembro, observador o invitado, en
aquellos organismos que entienda conveniente estar representado, como el Foro Consultivo Económico y Social del
MERCOSUR y
12) Organizar cursos y seminarios de capacitación especialmente para los
árbitros que figuren en las listas de los países miembros, por lo menos una vez
al año.
13) Propender a la aplicación e interpretación uniforme de las normas del
MERCOSUR y de las que rijan en la región, a través de los cursos y seminarios que organice, de
elaboración de papeles de trabajo, consultas, publicaciones y otros medios que resulten
apropiados.
14) Asesorar en forma permanente por sí o por medio de las Secciones
Nacionales a todos aquellos que en cualquier carácter deban poner en
funcionamiento los procedimientos de CIAC, como así también durante su
desarrollo.
15) Desarrollar un sistema de capacitación o entrenamiento para árbitros y
letrados, que sin formar parte de las Secciones Nacionales, estén interesados en
su estudio y práctica, como también utilizar métodos de evaluación para aquellos
cursantes que lo deseen, lo que permitirá integrar listas de árbitros para las
Secciones Nacionales. Se adjunta un plan de estudio
tentativo.
11.-
REFLEXIONES A MODO DE CONCLUSION
Como
hemos señalado en el transcurso del trabajo, el debate sobre el diseño
institucional de un proceso de integración implicaría una discusión mucho más
amplia que involucre temas como el modelo de desarrollo o de metodología a
implementar.
En
esa línea lo que se ha reseñado, es como una visión fotográfica, en donde
seguramente encontraremos un conjunto de déficit que no han sido desarrollados
convenientemente.
A
su vez la dinámica actual del proceso presenta un escenario complejo y
contradictorio en el que se entrecruzan cambios en la estructura institucional
del MERCOSUR, con un incremento de espacios de participación, muchas veces en
forma simultanea y/o paralela, que puede desbordar el esquema
presentado.
Hemos
sostenido que es necesaria la participación activa de todas las secciones
nacionales y que los esfuerzos espontáneos, si bien permiten situaciones
favorables como la presente, corren serios riesgos de diluirse en el conjunto de
la indiferencia.
Estamos convencidos que a
Como
colofón de este trabajo, nuestro ferviente apoyo a la propuesta de
Reiteramos nuestra apuesta en la confiabilidad y trascendencia de
Por
todo ello es que
SECCION
ARGENTINA de la
COMISION INTERAMERICANA
DE ARBITRAJE COMERCIAL
Derechos reservados. Se autoriza su publicación con cita de la fuente.[xiii][v]
IV.-
JURO POR APOLO MÉDICO, POR ASCLEPIO, HIGIEA Y PANACEA...
POR EL GENERAL DE DIVISIÓN (R) EVERGISTO DE VERGARA
///viene
del número 20:
Entre
los trabajos realizados, se hicieron 100 nuevas veredas donde antes no existían;
se blanquearon con cal las casas de los propietarios que no tenían medios para
hacerlo; se desinfectaron gratuitamente las letrinas; se empedraron veinte
nuevas cuadras “que no hace mucho eran profundos pantanos, depósitos de aguas
fluviales, y poderosos ajentes en contra de la higiene pública”, y que hoy
diríamos además que eran el caldo propicio para la reproducción de los mosquitos
trasmisores de la fiebre amarilla. Las entradas de los vehículos a las casas se
hicieron de piedra, y se evitó que las aguas no formasen pantanos, lo que era
común hasta la llegada de esta Comisión de Higiene.
El
informe se congratula de la forma en que cambió radicalmente las condiciones de
limpieza de los conventillos y casas de inquilinato; agrega que en la parroquia
hay 86 casas de este tipo, dando su ubicación; los vecinos que colocan avisos
sobre las paredes son multados con 50 pesos por cada cartel, para que las
paredes “no presenten engrudo y papel multicolor”. A tal efecto, se colocaron
“tablillas avisadoras” en los “parajes más públicos de la parroquia”. El maestro
Prudencio García cobró 1200 pesos por la colocación de escalones de piedra en
las veredas de Florida y Maipú. Se reconstruyeron paredes, y se colocó un puente
giratorio en la esquina de Paraguay y Florida, que costó 20.000 pesos. Se
mejoraron las plazas públicas del Retiro y Libertad. Se colocaron faroles de gas
en las calles de Artes entre Charcas y Santa Fe. Dice el informe que “La luz en
este parage es de una necesidad indispensable, pues los hechos criminales, que
amparados por la sombra, se han perpetrado y pueden perpetrarse, desaparecerían
desde el momento que la indicación de
Así terminó esta tragedia. En 1881, el médico cubano de origen irlandés Carlos Finlay avanzó en la hipótesis que la fiebre amarilla era trasmitida por la picadura del mosquito. Su teoría fue verificada en 1901 debido al trabajo de varios investigadores, en especial el bacteriólogo estadounidense Dr. Walter Reed, que probó que la enfermedad era causada por un virus trasmitido por el mosquito Aëdes aegypti. Pero el héroe fue el soldado estadounidense John R. Kissinger, que se ofreció voluntariamente, con grave riesgo de su vida, le fuera inoculada la enfermedad, realizándose en su cuerpo las observaciones y estudios que permitieron luego obtener una vacuna contra el flagelo. En 1939, el médico sudafricano Max Theiler desarrollo una vacuna que confiere inmunidad a la enfermedad. Así se encontró explicación a las observaciones empíricas hechas por los médicos en años anteriores. No eran las miasmas la causa de la fiebre amarilla. Eran los mosquitos de las zonas bajas próximas a los ríos y mares.
Las
obras de salubrificación (se entendía
por este término obras de desagüe, cloacas, aguas corrientes y adoquinado) de la
ciudad de Buenos Aires se inauguraron el 15 de Mayo de
Así terminó esta tragedia que costó a Buenos Aires 16.000 víctimas, más
del 8% de la población.[xvi][ii].
La mayor parte de ellas tuvo lugar en los barrios de San Telmo y Monserrat que
era el centro de Buenos Aires, y en los barrios cercanos al Riachuelo, que eran
los más bajos y húmedos y por lo tanto, propicios para la proliferación de
mosquitos. Vemos durante el transcurso de esta epidemia, el sacrificio
desinteresado de los vecinos, que trataron con sus conocimientos precarios de la
época aliviar el sufrimiento de los enfermos, creó un espíritu de ciudad y
reforzó el sentimiento de nacionalidad ya probado en los campos de batalla.
Murieron varios médicos de renombre como el Dr. Cirujano Principal Coronel del
Ejército D. Francisco Javier Muñiz, el Dr. Cirujano Mayor del Ejército D. Caupolicán Molina, ambos de destacada
actuación en
Vuelvo
a la colérica nota del vecino D. Santiago Albarracín. Es cierta y actual, pero
mantiene la esperanza de persistir en la lucha. Y así fue como menos de 10 años
después,
Lejos
estuvieron estos prohombres de culpar a otros presidentes que los habían
antecedido, o echado la culpa a anteriores ministros de Economía, o achacado sus
males a herencias de setenta años antes en 1810, o treinta años antes en 1850.
Al decir de alguien, “se habían hecho
cargo del fusilamiento de Liniers hacia acá”. No los guiaba otra
preocupación que
Nada
fue fácil. Hay que tomar ejemplo. Queda mucho por hacer. Pero en tanto esperamos
a la generación de estadistas, sería bueno que las actuales autoridades de
Honor
a esos médicos.
Evergisto
de Vergara
[i][a]
El contenido de los artículos firmados que se publiquen en este Newsletter,
serán responsabilidad de sus autores y no constituirán un documento oficial del
TAI y/o CAI y tampoco se la puede catalogar como opinión favorable del TAI y/o
CAI.
[ii][b] El Dr. Sergio Le Pera, es –a mi criterio
y con relación a las reglas del TAI- es uno de los pocos abogados argentinos en
condiciones de llevar adelante un caso arbitral internacional, con total
probidad e idoneidad. Tengo el mismo concepto acerca de María Blanca Noodt
Taquela.
[iii][c]
ARTÍCULO 13. IMPARCIALIDAD E INDEPENDENCIA DE LOS ÁRBITROS, DIRECTOR DE
PROCEDIMIENTO y SECRETARIO. 1.) Los Árbitros deben ser imparciales,
independientes, idóneos profesionalmente en el tema para el cuál han sido
nominados y disponer de tiempo suficiente para atender el arbitraje en forma
preferente. 2.) Los Árbitros, al aceptar la nominación, deben hacer saber su
independencia sin reservas con respecto a las partes o bien manifestar al
Director de Procedimiento cualquier circunstancia que pudiera dar lugar a dudas
respecto a su imparcialidad o independencia, como también comunicar su
disponibilidad para conducir el arbitraje de conformidad con este Reglamento.
3.) Si en cualquier etapa del arbitraje surgieran circunstancias que pudieran
suscitar dudas respecto a su imparcialidad o independencia, los Árbitros deben
comunicarlas sin demora a los demás miembros del Tribunal Arbitral, a las partes
y al Directorio del Tribunal Arbitral de las Ingenierías. 4.) Los Árbitros deben abstenerse de
tener comunicación directa o indirecta con una de las partes, testigos u otras
personas vinculadas con el arbitraje, sin la presencia de todas las partes. No
obstante, si la comunicación se realizare, deberán informar inmediatamente a las
partes y a los demás Árbitros. 5.) Si por cualquier motivo profesional,
académico o social, los Árbitros estuvieren en contacto con alguna de las partes
o sus representantes, deberán comportarse con la circunspección que la otra
parte desearía observen. ARTÍCULO 18. RESPONSABILIDAD DE LOS ÁRBITROS 1.) Los
miembros del Tribunal Arbitral, incluidos el Director de Procedimiento y el
Secretario del Tribunal, serán responsables por su actuación en el arbitraje
ante las partes y ante el Tribunal Arbitral de las Ingenierías, (TAI) del Centro
Argentino de Ingenieros, solamente por actos cometidos u omisiones incurridas
con dolo o negligencia .2.) Las partes intervinientes, los miembros del Tribunal
Arbitral, el Director de Procedimiento, el Secretario del Tribunal y cualquier
persona física o jurídica que se vincule a un proceso arbitral en los términos
de este Reglamento, no podrán realizar reclamos patrimoniales o extra
patrimoniales, relacionados con el proceso arbitral, contra el Tribunal Arbitral
de las Ingenierías (TAI), el Centro Argentino de Ingenieros, sus directivos, ni
su personal. 3.) El desempeño de las funciones de Árbitro, Director de
Procedimiento y Secretario del Tribunal, constituye ejercicio profesional y se
halla sometido al régimen que en materia de ética rige en el marco legal de las
respectivas profesiones.
[iv][d]
Cuenta Plutarco en Vidas paralelas, que Publio Clodio Pulcro estaba tan
enamorado de Pompeya, la mujer de Julio César, que durante la fiesta de
<la Buena Diosa> –a laque
únicamente podían asistir mujeres– Clodio ingresó en la casa de César disfrazado
de ejecutante de lira. Al ser descubierto, fue juzgado y condenado. Luego, César
amonestó a Pompeya, a pesar de estar seguro de que ella no tenía culpa,
afirmando que no le agradaba el hecho de que su mujer fuera objeto de sospecha,
porque no basta que la mujer del César sea honesta. También tiene que
parecerlo.
[v][e]
ARTICULO 40: Teniendo en cuenta la labor desarrollada por el Dr. Zapiola Pérez
hasta la fecha del lanzamiento oficial de las “Jornadas” y siendo que el
mencionado, ha sido no solo el promotor del evento, sino que desarrollado
<la Primera Etapa>
Organizativa, invitado a quiénes integran los Comités y escrito el Reglamento
Especial, es que, como forma de resguardar la trasparencia, la imparcialidad y
la independencia de las “Jornadas”, es que le queda vedado al referido Horacio
Zapiola Pérez, realizar a partir del lanzamiento oficial, cualquier tarea
ejecutiva en los Comités o de asesoramiento de los Equipos participantes,
limitándose exclusivamente a tareas de Consultoría General, cuando así se lo
requiera y adelantando que el dictamen que emita no será vinculante, para quién
lo solicita. Carecerá asimismo del derecho de veto de las resoluciones tomadas
por los órganos ejecutores. ARTICULO 41: Sin perjuicio de lo expuesto en el
artículo 40 y como forma de privilegiar la igualdad y paridad de
<la Competencia>, es que siendo Horacio Zapiola Pérez, el Redactor del
RATAI, del Estatuto del Tribunal Arbitral de las Ingenierías y de este
Reglamento Especial, es que expresamente queda facultado a dar cursos de
formación y/o capacitación y/o mejoramiento arbitral a los equipos inscriptos en
las “Jornadas”, que así lo requieran. ARTÍCULO 68: El “Comité de Reglamento” es
la única instancia facultada para interpretar las disposiciones contenidas en el
presente Reglamento y deberá para ello pedir en forma previa dictamen el
“CONSULTOR GENERAL”. El referido dictamen no será vinculante para la decisión
del Comité.
[vi][f]
El Director de orquesta y pianista Daniel Baremboin, nació e15 de noviembre de
1942 en Buenos Aires. Argentino de familia judía de origen ruso, nacionalizado
israelí y español, y con la ciudadanía palestina. Logró la fama como pianista,
aunque con posterioridad ha obtenido gran reconocimiento como director de
orquesta. Estudio en Salzburgo con Igor Markevitch y conoció a Wilhelm
Furtwängler para quien tocó el piano, quien hizo excepcionales elogios al joven
pianista, que no eran sino la reciprocidad de la admiración que Barenboim le
mantiene hasta hoy, jamás imitándolo pero sí aceptando su inspiración, que se
trasunta en
sus versiones de las sinfonías de Beethoven y en las óperas de
Wagner. En 1955 estudió armonía y composición con Nadia Boulanger en París. El
debut de Barenboim al piano se produjo en el Mozarteum de Salzburgo, Austria en
1952. Su debut como director de ópera tuvo lugar en 1973 con la representación
del Don Giovanni de Mozart en el Festival de Edimburgo. Su carrera ha estado en
continuo ascenso. Su compositor favorito es Wagner. Es recordada su actuación
cuando Barenboim iba a interpretar en un principio el primer acto de
<La Walkiria> con tres cantantes, entre los que se
encontraba el tenor español Plácido Domingo. Sin embargo, las protestas de los
supervivientes del holocausto y del gobierno israelí forzaron a la organización
del festival a buscar un programa alternativo. Barenboim accedió a sustituir la
pieza "ofensiva" por composiciones de Schumann y Stravinski, aunque no sin
mostrar su desacuerdo con la decisión. Así, finalizado el concierto, declaró que
en el bis iba a interpretar una pieza de Wagner, invitando a aquellos de los
presentes que tuvieran alguna objeción a abandonar la sala.
[vii][g]
Furtwängler nació en Berlín, en el seno de una
eminente familia.
Su padre Adolf era arqueólogo,
su madre pintora y su hermano
Philipp
matemático. La mayor parte de
su infancia la pasó en Munich, donde su padre enseñaba
en la universidad. Recibió educación musical
desde muy pequeño y desarrolló un temprano amor por la música de Beethoven,
compositor al que permaneció estrechamente ligado durante toda su vida. A los
veinte años, en el tiempo que Furtwängler debutaba en la dirección, había ya
compuesto varias obras musicales. En su primer concierto, dirigió <la Orquesta Kaim> (hoy
Orquesta
Filarmónica de Munich) en <
[viii][h]
Para ampliar “El Sonido es Vida, el Poder de <la Música>” Daniel
Baremboin. Editorial Norma y también en ADNCULTURA <LA NACION>, sábado 3 de
enero de 2009, pag. 14.
[ix][i]
“Estatuto de
[x][ii]
Reglamento de Arbitraje de
[xi][iii]
Ver en “Patria de Justicia en Plenitud de América ”Ensayos Escogidos, Pedro
Henriquez Ureña, Buenos Aires. Peña del Giudice Editores.
1952.
[xii][iv]
Ampliar
en “Mi Vida” Cardenal Joseph Ratzinger (Hoy Benedicto XVI). Editorial Encuentro,
1977, pag. 130.
[xiii][v]
El
presente trabajo y parte de los artículos que se citan en el mismo, (aquellos
que se encuentren en formato digital) se podrán consultar en los siguientes
sitios web: (*) Cámara Argentina de Comercio <www.cac.com.ar>; (*) Red Nacional de Mediación y Arbitraje
<www.cac.com.ar/redmedyar/>
y
(*) Tribunal Arbitral de
[xv][i]
Diplomas y constancias obrantes en AdremCorporación Industrial S.A, José Pedro
Varela 3576, Buenos Aires, empresa argentina dedicada a la potabilización y
tratamiento de aguas, al
tratamiento de efluentes domiciliarios,
y de efluentes industriales líquidos y gasesosos.
[xv][ii]
José María Rosa, “Historia Argentina”, Ediciones Oriente S.A., Buenos Aires,
1969, Tomo 7, página 246.
[xvii][iii]
Hugo Jose Santas, “Una Política Exterior Argentina – 1862-<1914”>, Ed Hispamérica,
Buenos Aires, 1987, páginas 113/114.
Bibliografía:
“Muerte
en Buenos Aires”, de Scenna. Trata sobre la fiebre amarilla, y fue publicado
hace 15/20 años.
Circumil,
“Francisco Javier Muñiz”